El límite del 2% en la actualización de los alquileres, todo lo que necesitas saber

En el caso de tener una vivienda en alquiler o ser un inquilino, te interesará conocer las novedades acerca del límite del 2% en los alquileres. Se trata de la última medida del Gobierno en lo referente a la vivienda y que afecta a la actualización anual de la renta.

Lo que se sabe hasta el momento, es que durante los 3 próximos meses, los contratos de alquiler de vivienda que estén sujetos a la LAU (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos) y a los que les toque una revisión anual, tendrán que limitar la subida del alquiler al 2%.

Límite del 2% en la renta de alquiler

¿Cuándo se actualiza la renta del alquiler?

En el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se indica que durante la vigencia del contrato (antes de marzo de 2019 era de 3 años y desde entonces es de 5 años), la renta solo se puede actualizar en la fecha en la que se cumpla cada año de vigencia del contrato y según lo pactado por las partes.

¿La subida afectará a todos los alquileres?

No. Para que se pueda aplicar la subida del alquiler, debe estar indicado en el contrato. Si no se menciona nada en el contrato no se aplicará la actualización de rentas. Pero en el caso de que sí aparezca, solo se actualizará conforme a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que como mencionamos es el límite del 2%.

Recordemos, que el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC) es el dato corregido del Índice de Precios al Consumo (IPC) de la zona Euro. Para calcularlo, se tiene en cuenta la media del IPC en los países de la zona Euro y que se sitúa en un 2,02% tras su última publicación en marzo.

¿Qué ocurre entonces con los alquileres? Lo habitual, es que cada año se actualice conforme al IPC. Pero el artículo 18 de la LAU confirma que el límite sería del 2%, por lo que habría que ceñirse únicamente a esa subida independientemente de que el IPC sea del 7 o del 10%.

¿Afecta al pequeño propietario o a grandes tenedores?

Esta medida afecta también al pequeño propietario, pero siempre que haya un pacto entre las partes, dado que pueden pactar esta subida de la renta cuando haya revisión. Pero también pueden pactar no subir la renta. En el caso de no llegar a un acuerdo, el límite de la subida será del 2%.

Límite del 2% en la renta de alquiler

¿Cuándo entró en vigor la medida de limitar la subida de la renta de alquiler?

Entró en vigor en el Real Decreto-ley 6/2022 del 29 de marzo y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 30 de marzo de 2022. Si tenemos en cuenta que se considera que entra en vigor al día siguiente de su publicación, la fecha de inicio es el 31 de marzo de 2022. Asimismo, se contempla hasta el 30 de junio de 2022.

¿Qué ocurre si la renta de la vivienda se actualiza antes o después del tope?

Al ir de marzo a junio, es normal que los propietarios e inquilinos se pregunten qué va a ocurrir con la renta si coincide con un periodo de actualización de antes o después del tope. Si bien es cierto que el inquilino puede pedir que se aplique el 2%, pero habría que negociar.

¿A cuántos alquileres afecta la medida?

Según el INE (Encuesta de Hogares del Instituto Nacional de Estadística), hay más de 3,5 millones de alquileres en España. El Gobierno ha estimado que se aplicaría a 1/4 de ellos, lo que supone unos 875.000 contratos.

Recordemos, que afectará a los contratos que deban actualizar la renta en este periodo en concreto, entre el 31 de marzo y 30 de junio. Los demás quedarán exentos.

¿Supone una pérdida de liquidez para los propietarios?

Sí. Si tenemos en cuenta los datos del portal Idealista, tomando como referencia que afectará a unos 875.000 contratos de alquiler, esto podría tener una pérdida económica para los propietarios de 560 millones de euros en los próximos 3 meses.

¿Afecta solo a viviendas?

Sí. Están exentos del límite del 2% los locales comerciales o garajes. Es decir, se trata de una medida que solo afecta a los propietarios de las viviendas, por lo que no tendrán que enfrentarse a una posible pérdida de liquidez en el caso de otro tipo de bienes alquilados.

alquileres nueva medida 2022

¿Qué pasará a partir del 1 de julio?

Todas las miradas están puestas en lo que ocurrirá partir de ese día. Digamos que, por una parte de espera que todo vuelva a la situación que teníamos antes de que entrara en vigor esta novedad el 31 de marzo. No obstante, el director general de la Agencia Negociadora del Alquiler afirma que veremos extender la medida más allá del 30 de junio. Por lo que solo queda esperar hasta confirmarlo.

¿Tiene retroactividad?

En el BOE no se hace referencia a una posible retroactividad sobre la medida. Principalmente, afirma que afectará a los contratos de alquiler cuyas rentas deban ser actualizadas dentro del periodo del 31 de marzo y el 30 de junio de 2022. Por lo que, afectará solo a los alquileres a los que les toque revisión en ese momento.

Las que se actualicen fuera, lo harán bajo otras condiciones. Por ejemplo, si la revisión es en marzo se actualizará con la variación del IPC. A partir de julio, veremos si esta medida desaparece y todo vuelve a la normalidad o si sigue en vigor y a qué condiciones.

¿Qué ocurre si el propietario se olvida de aplicar esta subida?

Es otra duda habitual y hay que tener en cuenta que la actualización en el precio surte efecto a partir de la comunicación y se puede hacer en cualquier momento después de cumplirse el año de contrato. Si el propietario se oliva y la exige 3 meses más tarde, el nuevo precio entrará el cuarto mes y no se le podrá reclamar el inquilino que abone los atrasos.

¿Te ha quedado alguna otra duda sobre el límite del 2% en la actualización de las rentas de alquiler? En nuestra agencia inmobiliaria de Barcelona será un placer ayudarte a resolver todas tus dudas. Te esperamos.

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