¿Es legal prohibir mascotas en un piso de alquiler?

Las mascotas en los pisos de alquiler es un tema que genera mucha polémica. Pero, ¿qué hay de cierto? ¿Se pueden prohibir las mascotas en los pisos de alquiler o el dueño tiene que ceder si su inquilino tiene alguna mascota? En la siguiente guía te lo desvelamos.

Prohibición de mascotas en las viviendas de alquiler: ¿es o no es legal?

Hay propietarios que dicen no a las mascotas por miedo a que le causen más desperfectos en la vivienda. Por ello, en los anuncios de sus inmuebles afirman claramente que no se aceptan mascotas.

El problema de esto, es que cada vez más inquilinos tienen mascotas. Es algo que está totalmente a la orden del día. Si todos los propietarios deciden no aceptar mascotas, los pobres inquilinos que si tienen animales no podrían donde alojarse, lo cual sería gravísimo.

Claro que, de salida, tampoco se le puede obligar a una persona a hacer lo que no quiere hacer en su vivienda, para algo es suya y se la ha pagado. Entonces, ¿cómo lidiar en estos casos? ¿Qué dice la ley?

La ley no prohíbe la tenencia de mascotas en un piso de alquiler. Digamos que, no se contempla nada similar en ninguna ley, ni en la Ley de Propiedad Horizontal ni en el Código Civil o Penal. En la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) tampoco, sino que se deja abierto para que las dos partes puedan decidirlo o negociarlo con libertad. Concretamente, en el artículo 4.2 de la LAU se indica que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”.

Es decir, la ley no se moja y deja que propietario e inquilino negocien. Por lo tanto, si el propietario quiere prohibir la entrada de mascotas en su vivienda, simplemente tiene que indicarlo en el anuncio y en el correspondiente contrato de alquiler y con esto ya estaría. Es decir, es legal si un propietario decide no alquilar a un inquilino con mascotas.

Si el inquilino firma el contrato conforme aparece esta cláusula, debe cumplirla. Si no lo hace, el propietario podría dar por finalizado el contrato o quedarle con parte de la fianza si se producen desperfectos fruto de ello.

¿Y si el propietario no acepta mascotas pero no lo refleja en el contrato?

Hay propietarios que hacen ellos mismos los contratos o que toman el primero que encuentran de Internet y no se paran a pensar en las cláusulas. Si han indicado en el anuncio que no admiten mascotas pero no dan la prohibición expresa en el contrato, el inquilino podrá hacer lo que quiera. Si quiere tener mascotas en la vivienda podrá hacerlo porque está en su derecho.

Frente a estos casos, hay inquilinos que prefieren preguntar para quedarse más tranquilos, pero también los hay que no dicen nada y siguen para adelante. Al fin y al cabo, están en su derecho. En cualquier caso, una vez firmado el contrato ya estaría, por eso es tan importante que ambas partes revisen bien el contrato antes de firmar.

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